D I S P O S I T I V A
Con fuerza en la motivación anterior esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Abogada CARMEN BEATRIZ RODRIGUEZ, en su carácter de Defensora Pública Décima Primera Penal del ciudadano RAFAEL ANGEL SUESCUN ALBORNOZ, contra la decisión de fecha 21 de abril de 2010, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control Circunscripcional, en la cual DECRETO MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD al ciudadano mencionado, pero por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 3, en concordancia con el artículo 80 ambos del Código Penal, en relación con el artículo 65 parágrafo primero de la Ley Especial de Violencia de Género, USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 281 del Código Penal .....