DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario y Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado La Guaira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por disposición expresa del artículo 613 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho ABG. GREGORI ZAMORA, en su carácter de Defensor Público Provisorio Segundo (2°) Penal del Estado la Guaira de los adolescentes J.P.A.H., Y. J.R. V., E.A.N.R., Y.J. H.D. y J.A. G.H, en contra de la decisión emitida en fecha 03 de octubre de 202, por el Juzgado Primero de Control Sección Adolescentes de este Circuito Judicial Penal.....