Este Juzgado de Sustanciación de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo declara y ordena respectivamente, lo siguiente: 1.- Competente a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo para conocer y decidir en primer grado de jurisdicción la demanda de nulidad interpuesta. 2.- Admite, la referida demanda. 3.- Ordena notificar, a los ciudadanos Fiscal General de la República, Procuradora General de la República, Presidente del Banco Central de Venezuela, Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas y Presidente de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI). 4.- Ordena, solicitar al ciudadano Presidente de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), el expediente administrativo relacionado con el presente caso, para lo cual se le conceden diez (10) días de despacho para la remisión de los mismos. 5.- IGUALMENTE, se deja establecido que una vez consten en autos las notificaciones ordenadas se remitirá el expediente a la Corte Segunda de lo Contenci.....