Se dictó y publicó decisión mediante la cual se proveyó sobre el escrito de pruebas presentado por el apoderado judicial del actor, y se declaró inadmisible por extemporáneas las pruebas promovidas. Asimismo, se dejó establecido que la presente demanda continuará su curso de ley, de conformidad con las disposiciones establecidas en la LOJCA. Finalmente, se ordenó remitir el presente expediente a la CSCA a los fines legales consiguientes, una vez transcurridos los cinco dias de despacho para el ejercicio del recurso de apelación respectivo.