DISPOSITIVA.-
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA de dos (02) años, siete (07) meses y siete (07) días de prisión, pena impuesta al ciudadano MARQUEZ VILLA EDUARDO ANTONIO, titular de la cédula de identidad N° V-15.183.233, de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 06-03-2008, de estado civil soltero, de profesión u oficio Investigador, domiciliado en Avenida Lecuna, Edf. Caruota, piso 11, Apto. 1-E, Parque Central, Caracas, mediante sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, por la comisión del delito de Concusión en Grado de Tentativa, previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley Contra la Corrupción en concordancia con lo establecido en los artículos 80 y 82 del.....