DISPOSITIVA.-
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano RONNY EDUARDO BARRIOS BARRIOS, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 24-06-1988, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio panadero, hijo de Rosa Barrios (v) y de Luís Barrios (v), identificado con la cédula de identidad Nº 19.452.455, residenciado en: La Rinconada, kilómetro 15, urbanización Acosta Carles, HL. Piso 08, apartamento 02, Caracas, Distrito Capital, teléfonos: (0416) 418-32-65, conforme a lo previsto en los artículos 471, encabezamiento, en concordancia con los artículos 488, en su encabezamiento y el 474, todos del Código Orgá.....