DISPOSITIVA.-
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano DAVID ANTONIO PÉREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.436.868, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, estado Vargas, nacido en fecha 10-01-1972, de 42 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, hijo de LEONILDE PÉREZ (v) y de AGUSTIN MOYA (f), residenciado en: Valle Arriba, calle Pedro Salinas, casa 227, color amarilla y rosada, el Tigrillo, Parroquia Naiguatá, estado Vargas, conforme a lo previsto en el artículo 471 encabezamiento, en concordancia con los artículos 474 y 488, en su encabezamiento, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, diarícese,.....