En la acción de amparo constitucional interpuesta por la PROCURADORA GENERAL DEL ESTADO MONAGAS contra la JUNTA ARBITRAL AD HOC constituida en fecha 10 de octubre de 2003, en virtud del Compromiso Arbitral suscrito entre el Comité por los Derechos Humanos en Defensa de los Jubilados, Pensionados, Sobrevivientes y Adultos Mayores del Estado Monagas y la referida entidad, esta Corte declara: 1.- Su COMPETENCIA para conocer la acción de amparo interpuesta por la Abogada María José Mota, actuando en nombre y representación la PROCURADORA GENERAL DEL ESTADO MONAGAS, contra la JUNTA ARBITRAL AD HOC constituida en fecha 10 de octubre de 2003, por sus actuaciones antijurídicas realizadas en fase y proceso de ejecución del Laudo Arbitral dictado en fecha 7 de julio de 2004, suscrito entre la referida entidad y el Comité por los Derechos Humanos en Defensa de los Jubilados, Pensionados, Sobrevivientes y Adultos Mayores del Estado Monagas. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo.