En la solicitud de ampliación de la medida cautelar innominada de posesión, uso, disposición y administración instaurada por la Representación Judicial de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA sobre los bienes presuntamente propiedad de Distribuidora Valencaucho, C.A., ubicados en las instalaciones de la empresa CONSORCIO INDUSTRIAL VENEZOLANO DE TÉCNOLOGIA CHINA, CIVETCHI, C.A. esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró: 1. Se AMPLÍA en los términos solicitados la sentencia dictada por esta Corte signada bajo el Nº 2017-0940 de fecha 1º de diciembre de 2017; 2. Se acuerda: MEDIDA CAUTELAR ANTICIPADA INNOMINADA a la República Bolivariana de Venezuela por órgano de los MINISTERIOS DEL PODER POPULAR PARA INDUSTRIAS BÁSICAS, ESTRATÉGICAS Y SOCIALISTAS; Y DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE en los términos solicitados.