La Corte ORDENA notificar al Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Hierro Conexiones Lapica, C.A., a fin de que, dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la correspondiente notificación, aclare cuál es la pretensión esgrimida y especifique cuáles son los presuntos hechos lesivos, los derechos presuntamente conculcados y el pedimento que daría lugar al restablecimiento de la situación jurídica denunciada como infringida, de forma tal que pueda este Órgano Jurisdiccional emitir un pronunciamiento ajustado a derecho, se le advierte que de no realizar la aclaratoria solicitada la acción será declarada inadmisible.05