En la demanda interpuesta por el ciudadano Omar A. Romero contra el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES) esta Corte dictó sentencia mediante la cual declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por el Apoderado Judicial del recurrente contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 25 de septiembre de 2012, que declaró primero: Sin Lugar la pretensión principal en el recurso contencioso administrativo interpuesto; 2.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto y 3.- CONFIRMA la sentencia proferida por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 25 de septiembre de 2012.