En la acción de amparo constitucional interpuesta por los Apoderados Judiciales del ciudadano Frank Sánchez Mora contra el Tribunal Disciplinario Nacional de la Federación de Contadores Públicos de la República Bolivariana de Venezuela y la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, esta Corte declara: 1.- Su Incompetencia para conocer la acción de amparo; 2.- Declina la Competencia en los Juzgados Superiores Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital; 3.- Ordena remitir el presente expediente al Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital en funciones de Distribuidor.