En la acción de amparo constitucional interpuesta por las ciudadanas DIANORA OSIRIS NAVARRO y ANA GONCALVEZ como representantes del CONSEJO COMUNAL JULIO BRACHO DEL ESTADO ARAGUA, contra la TAQUILLA ÚNICA DEL REGISTRO DEL ESTADO ARAGUA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (Taquilla Única Aragua), esta Corte declara: 1.- TEMPESTIVA la solicitud de aclaratoria, presentada en fecha 26 de abril de 2011 por el ciudadano Ramón Toro, de la sentencia Nº 2011-0324 de fecha 24 de marzo de 2011, dictada por esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, actuando con el carácter de tercero interesado en la presente causa. 2.- PROCEDENTE la solicitud de aclaratoria efectuada.