La Corte declaró su INCOMPETENCIA SOBREVENIDA para conocer en primera instancia de la acción de amparo constitucional interpuesta. DECLINA la competencia para conocer del presente caso en el Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital que resulte asignado de acuerdo a la distribución que de la presente causa se efectúe. En consecuencia, se ORDENA la remisión del expediente al Juzgado Superior (Distribuidor) en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital.