Se dictó decisión mediante la cual esta Corte: 1.- Que NO ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de agosto de 2014, para conocer de la Acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano Alexander Manuel Cabarcos Seijo, en su condición de Director de la sociedad mercantil FARMACIA BETANIA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del hoy Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 21 de noviembre de 1991, bajo el Nº 68, Tomo 88-A-Sgdo; asistido por el abogado Luis Augusto Materán Ruíz, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 15.832, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS); 2.- PLANTEA DE OFICIO LA REGULACIÓN DE COMPETENCIA