Esta Corte declaró Que es COMPETENTE para conocer lo concerniente a la "regulación de competencia" planteada por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. INCOMPETENTE el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, para conocer y decidir el fondo de la presente controversia. Se DECLINA el conocimiento de la presente demanda al Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central. Se ORDENA al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, remitir el expediente al Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central.