Esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite correspondiente en la acción de amparo constitucional "sobrevenido" intentado por la Síndico Procurador Municipal del Municipio San Carlos del estado Cojedes, contra las actuaciones realizadas por los Juzgados Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Trabajo, del Tránsito y Estabilidad Laboral y Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos, Rómulo Gallegos, Tinaco, Falcón, Anzoátegui, El Pao de San Juan Bautista y Lima Blanco, ambos de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. Se ordenó el archivo del expediente.