Esta Corte dictó decisión mediante la cual ORDENÓ el desbloqueo de las cuentas solicitado, únicamente a los fines de autorizar a la sociedad mercantil Constructora Norberto Odebrecht, S.A., realizar en coordinación con la Procuraduría General de la República, el pago de los compromisos laborales y tributarios, así como aquellos que garanticen la conservación y/o simple administración de las obras. Asimismo, ORDENÓ a las partes informar a este Órgano Jurisdiccional, en el lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a la presente fecha, sobre los acuerdos alcanzados a los fines de la ejecución de la orden conferida.