Esta Corte dictó decisión mediante la cual se ordenó la REPOSICIÓN de la causa al estado de notificar al ciudadano Presidente del Instituto de Patrimonio Cultural, al ciudadano Gobernador del estado Miranda, al Procurador del estado Bolivariano de Miranda, a la ciudadana Fiscal General de la República, al ciudadano Procurador General de la República, a la ciudadana Defensora del Pueblo, al ciudadano Ministro del Poder Popular para la Cultura, a los Consejos Comunales o Colectivos que hagan vida en las adyacencias del referido monumento histórico nacional, así como a la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela, al ciudadano Alcalde del Municipio Urdaneta del estado Bolivariano Miranda, al Síndico Procurador del Municipio Urdaneta del estado Bolivariano de Miranda, a los fines que comparezcan por ante esta Corte a conocer la fecha y hora en la cual se realizará la audiencia constitucional.