Esta Corte dictó desición mediante la cual se declaró COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional, asimismo ordenó oficiar al al Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los fines de solicitarse se sirva remitir a este Órgano Jurisdiccional copias certificadas de todas las actuaciones efectuadas por el presunto agraviado en el expediente N° 9077 [Nomenclatura de ese Juzgado], desde su nombramiento como Experto Contable, hasta la presente fecha, a los fines legales respectivos, las cuales debera ser remitidas dentro de un lapso de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la publicación de la presente decisión.