Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- QUE ES COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto por la abogada Delia Rumbos Mendoza, actuando con el carácter de sustituta de la Procuradora General del Estado Aragua, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 12 de abril de 2013, mediante la cual declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto 2.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto. 3.- REVOCA la aludida decisión. 4.- SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.