En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de INSERCION POR OMISION DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por el Ciudadano: JUAN FRANCISCO MEDINA CRESPO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-978.867, quien es hijo de los ciudadanos REIMUNDO MEDINA Y CARMELINA CRESPO, a los fines de insertar en los libros de Registros Civil el Acta de Nacimiento del Ciudadano: JUAN FRANCISCO MEDINA CRESPO , quien nació en fecha 04 de Octubre de 1.934, en el población de Santa Cruz de Bucaral del Antiguo Distrito Federación del Estado Falcòn.- SEGUNDO: Se ordena al Registro Civil Seguridad y Orden Publico de Santa cruz de Bucaral hoy capital del Municipio Autónomo Unión del Estado Falcón como al Registro Principal del Estado Fal.....