En consecuencia este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano ANTONIA BELEN SÁNCHEZ DE GARCÍA, sobre un bien un Fundo Agropecuario denominado "EL CHIRE", consistentes en bienhechurías, cuya extensión de terreno municipal es de: VEINTINUEVE HECTAREAS CON MIL OCHOCIENTOS OCHENTA y SEIS METROS CUADRADOS (29 Has, 1886 mts2) Cuya ubicación, medidas, linderos y demás especificaciones son las que se describen a continuación: UBICADO: Pueblo Nuevo, Parroquia Jacura, Municipio Jacura del Estado Falcón.-