En fecha 23 de febrero de 2015, este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual se declaró competente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, se admitió la presente demanda de nulidad ejercida conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, se ordenó notificar a la Procuraduría General de la República, a la ciudadana Fiscal General de la República y al ciudadano Registrador del Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI), a quien se le solicitó el expediente administrativo del caso, asimismo, se abrió cuaderno separado para tramitar la medida cautelar solicitada.