En fecha 29 de octubre de 2015, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión mediante la cual se pronunció sobre el escrito de pruebas presentado por la abogada Irma Bravo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 51.122, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Petróleos de Venezuela, S.A., en la condición de tercero adhesivo, en el expediente contentivo de la demanda de nulidad interpuesta por la ciudadana María Lizardo, contra la Dirección Ejecutiva de Auditoría Fiscal de Petróleos de Venezuela S.A. y se ordeno notificar a la Procuraduría General de la República.