Por las razones anteriormente consideradas, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por Cumplimiento de Obligación de Manutención, intentada por la Ciudadana YULIMAR CAROLINA DIAZ VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V.- 12.198.807, domiciliada en San Antonio, calle Sucre, Casa Nº 63, Municipio Acosta, Estado Monagas en representación de su hija (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), venezolana, niña, de ocho (8), años de edad, y de este domicilio, en contra del ciudadano JOSÉ GREGORIO DÌAZ, venezolano, mayor de edad, y de este domicilio, portador de la cédula de identidad No. V.- 8.352.403, domiciliado en Punta de Mata, sector la Majagua, al lado de l.....