Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Tercero (3) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado GONZALO PONTE DAVILA, inscrito en Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 66.371, en su carácter de apoderado judicial de la parte agraviante, contra la decisión de fecha 27 de noviembre de 2023, emanada del Juzgado Noveno (9) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado donde declara: "PRIMERO: IMPROCEDENTE las defensa de inadmisibilidad por cosa juzgada en relación a los ciudadanos RAFAEL CARIACO Y WILLIANS BERNAL.. SEGUNDO: IMPROCEDENTE las defensa por inadmisibilidad del articulo 6.8 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Gar.....