Con base al análisis de las actas que conforman la presente causa, este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nº 01 en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el SOBRESEIMIENTO por falta de requisitos para intentar la acusación fiscal tal y como lo dispone el artículo 28 numeral 4 literal "i" del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETÁNDOSE en consecuencia el SOBRESEIMIENTO FORMAL DE LA CAUSA conforme a lo dispuesto en el artículo 33 numeral 4 del Ejusdem, en la causa seguida contra el ciudadano JESÚS MANUEL GARCÍA LÓPEZ, titular de la cedula de identidad (...), nacido en Barquisimeto Estado Lara, en fecha 18-08-1986, de 26 años de edad, Hijo de Beatriz del Carmen López y Luís Ramón García, oficio: Albañil, residenciado en la Urbanización Simón Rodríguez, detrás del Terminal Nuevo, a la altura de PRECA.....