Por los razonamientos expuestos, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, Audiencias y Medidas Nro. 1 Del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RESUELVE: 1) Declinar Competencia de las presentes actuaciones al Circuito Judicial Penal de la Jurisdicción Ordinaria de esta ciudad por ser este Tribunal incompetente para conocer de la misma; 2) Remítase el asunto al mencionado Circuito Judicial Penal para que sea distribuido a un Tribunal de Control que por su Distribución corresponda; 3) Se emane duplicado de la presente decisión a los fines de que sea agregada en el copiador de decisiones de este Tribunal. Ofíciese lo conducente. Regístrese y Publíquese. Cúmplase lo ordenado.