Primero: La APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano EDUAR ENMANUEL HERNÁNDEZ TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº (...), por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA previsto y sancionado en los artículo primer aparte del artículo 41 y VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 42, ejusdem, en perjuicio de la adolescente de 17 años de edad (Se omite identidad conforme a los establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolecentes), todo de conformidad con lo establecido el artículo 96 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Segundo: La continuación del proceso siguiendo el PROCEDIMIENTO ESPECIAL, previsto en el Capítulo IX, Sección Sexta de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, todo.....