PRIMERO: Se DECRETA la INMEDIATA LIBERTAD del ciudadano JUAN ALEXANDER GALLARDO ORELLANA, titular de la cédula de identidad Nº V-25.140.693, fecha de nacimiento 20/01/95, de nacionalidad venezolano, de estado civil Soltero, de 19 años de edad, madre María Orellana (v), padre: Juan bautista Gallardo (f) profesión u oficio comerciante, vendedor de cauchos residenciado carrera 1-A con calle 4, Barrio la Victoria Parroquia Unión Municipio Iribarren, Barquisimeto Estado Lara, en acatamiento a lo establecido en el artículo 245 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión expresa del 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia En consecuencia, ordena la comparecencia del mencionado ciudadano, ante este Tribunal de Control Audiencia y medidas para el día LUNES, VEINTINUEVE (29) DE SEPTIEMBRE DE 2014 A LAS 2:00 P.M, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 246 del Código Orgánico Procesal Penal. LIBRESE BOLETA DE LIBERTAD. .....