DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERA: Declara CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano PÉREZ LEONARDO ANTONIO, por encontrarse llenos los extremos previstos en el artículo 93 de la Ley Orgánica que rige la materia; por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho De Las Mujeres A Una Vida Libre de Violencia. SEGUNDA: Se Declara la continuación del presente Asunto por el Procedimiento Ordinario Especial previsto en el art. 94 y siguientes de la mencionada Ley en concordancia con los lapsos establecidos en el art. 79 del la Ley Orgánica Especial. TERCERA: Se impone al Imputado las medidas de Seguridad y protección previstas en los numerales 3º, 5º, 6º y 13º del a.....