´Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la Demanda de Divorcio presentada por CARMEN YELITZA GARCIA ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-15.722.989, de este domicilio, asistida en este acto por el abogado, JOHN FRANCO GAMEZ DAVID, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 290.175, funcionario adscrito al programa Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura, contra el Ciudadano: PEDRO JOSE MATUTE BETANCOURT venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-11.358.780, de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil y en concordancia con las Sentencias N° 1070, de fecha 09 de diciembre de 2016, emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal.....