´´Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Divorcio presentada por las abogadas: GISELA ZOA LEON CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 18.995, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano RAMSES JESUS REYES VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.240.017, según poder especial autenticado por ante la Sección Consular de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Argentina, en fecha: 08-09-2023, bajo el Nº 448, Folio 546 del Libro de Poderes, Protestos y Otros Actos de dicha embajada; y GRACIELA ELIZABETH SANCHEZ LEON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 133.808, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudad.....