Este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, corrigió de oficio la sentencia antes referida, dictada por este Órgano Jurisdiccional, toda vez que, donde se lee "(...)Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese copia certificada de la presente decisión. Remítase el expediente. Cúmplase lo ordenado. (...)", debe leerse del modo siguiente: "(...) Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada de la presente decisión. Remítase el expediente al Juzgado Distribuidor de los Juzgados de Juicio, del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar. Cúmplase lo ordenado. (...)".