En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos este Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia, por autoridad de la ley, resuelve:
Ordena la remisión de copias certificadas del presente asunto a la Oficina de Registro Civil de la parroquia San José del municipio Jesús Enrique Lossada el estado Zulia para su trámite conforme a la Ley Orgánica de Registro Civil.
Dada firmada y sellada en el Despacho del Juez Unipersonal N° 3 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los catorce (14) días del mes de febrero de 2012. Años 201º de la independencia y 152º de la federación.