Ordena Decretar las Medidas de Embargo Preventivas de Obligación de Manutención sobre los siguientes conceptos: a) El VEINTE POR CIENTO (20%) del salario que devenga el ciudadano ENSEN DE JESUS MILLANO MARQUEZ, como Trabajador en el Ministerio para el Poder opular de Agricultra y Tierra, ubicado en el Edificio Max, Km 1, vía a Perija, frente a las Residencias Paraguay, Avenida 3, calle 19, sector Sierra Maestra del Municipio Maracaibo del estado Zulia, para satisfacer la Obligación de Manutención del adolescente (nombre omitido por el artículo 65 LOPNNA), b) El VEINTE POR CIENTO (20%) Por concepto de Horas Extras; c) EL VEINTE POR CIENTO (20%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año que le corresponden al ciudadano antes mencionado; d) El VEINTE POR CIENTO (20%) de las Vacaciones o Bono Vacacional, correspondiente al demandado de autos; e) El CIEN POR CIENTO (100%) de primas por hijos, útiles escolares y juguetes;) y f) El CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las prestac.....