PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de revisión del Régimen de Convivencia Familiar previsto en la sentencia interlocutoria signada bajo No. 216 dictada por el Juez Unipersonal No. 4 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (expediente No. 10.481); intentada por el ciudadano Domingo Ortíz Sánchez, de nacionalidad española, mayor de edad, portador del pasaporte No. ABB75225; en contra de la ciudadana Alfonsina Lozano Delgado, venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-12.694.692, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en relación con la niña (nombre omitido por el artículo N. 65 de la LOPNNA) , de siete (07) años de edad.
En consecuencia, FIJA el siguiente Régimen de Convivencia Familiar Progresivo:
1. ORDENA la inclusión del grupo familiar (madre-padre-hija) en terapia parental en el Centro de Orientación Familiar (COFAM), con el psicólogo-terapeuta Leandro C.....