Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LIBERTAD PLENA POR PENA CUMPLIDA a favor de la penada NORA RAMONA ALVAREZ DE CAMPOS, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, titular de la cedula de identidad N° 3.657.248, hija de José Álvarez y María de Álvarez, residenciada en la calle principal, N° 519, Barrio San Blas, Petare Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal. Regístrese la presente decisión, librese boleta de excarcelación y remítase con oficio al Internado Judicial de Los Teques, Estado Miranda; notifíquese a las partes.