De manera que cumplirá la pena principal el día 08-06-2004. Y cumplirá una cuarta 1/4 Parte de pena impuesta, después del cumplimiento de la Pena el día 08-10-2004. Regístrese la presente resolución y remítase Copia Certificada de la misma a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia. Regístrese y notifíquese al Ciudadano Fiscal 27° del Ministerio Público. Impóngase al penado de la presente debidamente asistido por su Defensa. Cúmplase.