DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA CONCEDER el BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL al penado LUIS ALBERTO BAEZ FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 13.102.097, venezolano, natural de Maracaibo, hijo de Luis Alberto Báez y Maria auxiliadora Fernández, residenciado en el sector La faria, invasión frente a la panadería Flor, Maracaibo, Estado Zulia, por cumplir con los requerimientos previstos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, de acuerdo a lo expuesto en la parte motiva de esta decisión; debiendo someterse a partir de la presente fecha, a un régimen de prueba hasta el día 19 de febrero de 2009, fecha en la cual cumplirá la pena principal.
Notifíquese a la Fiscal N° 27 del Ministerio Público, Defensa y a la Directora de la Unidad Técnica de apoyo al Sistema Penitenci.....