DISPOSITIVA
En mérito de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA al penado NESTOR RICHARDI SEQUERA CAMPOS, titular de la cédula de identidad N° 13.817.310, permiso para PERNOCTAR en el domicilio de su apoyo familiar, quedando obligado a asistir a las entrevistas con su delegado de prueba, sin exceptuarlo del cumplimiento de las demás obligaciones, por un lapso de treinta (30) días contados a partir de la presente fecha, tiempo suficiente para que sea solucionado provisionalmente el establecimiento de otra sede, mediante el arrendamiento de alguna edificación o la reparación de la actual; por lo que se ordena oficiar al Centro Comunitario "Dr. Manuel Matos Romero", de esta Decisión para que realice los tramites correspondientes, así mismo deberá remitir informe mensual, en el .....