Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta librar orden de Aprehensión al penado RICHARD JOSÉ MUÑOZ CASTRO, titular de la Cédula de identidad N° 18.921.251, domiciliado en el en el sector Belloso, calle 90, N° 14-83, de esta ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, todo de conformidad con el artículo 480 en su Primer Parágrafo, en concordancia con el artículo 495 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Y se ordena librar la correspondiente boleta de Encarcelación con oficio a todos los cuerpos de seguridad del Estado. Regístrese, Publíquese y Notifíquese.