Con fundamento en los argumentos precedentemente expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA la fórmula alternativa al cumplimiento de condena de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado, CARLOS LUIS ALFONSO, por encontrarse incursa en las causales de excepción contempladas en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, para que le sea concedido antes del cumplimiento de la mitad de la pena impuesta, y asimismo, NIEGA la aplicación del Control Difuso Constitucional para la desaplicación del artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal por improcedente. Y ACUERDA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN, en contra del penado CARELOS LUIS ALFONSO, y remitirla junto con oficio a todos los Cuerpos Policiales, Civiles y Militares del Estado Zulia, a los fines de que se avoque a la localización y traslado del p.....