Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Control Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en el cual condeno al penado DARIO GREGORIO JIMÉNEZ MEDINA, Venezolano natural de Maracaibo, Titular de la Cedula de Identidad N° 18.573.175, de 21 años de edad, nacido el 15-06-83, hijo de Darío Jiménez y Marilin Medina, residenciado en el Barrio Rafael Urdaneta, sector samide casa N° 89B de esta Ciudad de Maracaibo, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por encontrarse incurso en la comisión del delito de POSESION ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el articulo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y la penas accesorias de ley establecidas en los artículos 16 y 34 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, a tal efecto este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia declara en estado de Ejecución .....