Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Otorga al penado SALOMÓN SÁNCHEZ ADIB GABRIEL, Titular de la cédula de identidad N° V-13.931.648, venezolano, natural de Caracas, de 24 años de edad, soltero, Técnico Superior Universitario en Producción Industrial y Técnico Medio en Computación, fecha de nacimiento 13-12-76, hijo de Adib Salomón y Xiomara Sánchez, residenciado en el Sector Nueva Vía, Calle 92, Casa N° 16-66, entrando por el Cementerio El Cuadrado, Maracaibo Estado Zulia, El BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente, a los efectos de una optima rehabilitación del penado se le imponen las siguientes condiciones: A) Se le impone como régimen de prueba desde la presente fecha hasta el día 13 de Agosto d.....