DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA, a favor del penado JUNIOR ALEXANDER MALDONADO RUÍZ, Venezolana, natural de Maracaibo, Titular de la Cédula de Identidad No. 15.887.692, hija de Ricardo Maldonado y Doris Ruíz, de profesión u oficio Obrero, residenciado en El Barrio Bicentenario, Sector El Marite, antes de llegar a la Agencia Yorma, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en base al cumplimiento de las obligaciones impuestas por este juzgado en fecha 14-02-2006, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con el articulo 479 Ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal.