Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la LIBERTAD CONDICIONAL COMO MEDIDA HUMANITARIA, al penado MARCOS PUETA PAJARO, de Nacionalidad Colombiana, natural de Turbana Bolívar, sin documentación personal, de 57 años de edad aproximadamente, hijo de Luis Cortéz (D) y Juana Muñoz, medida que cumplirá en domiciliado en el Barrio Genaro Méndez, Carrera Principal, Casa No.17D-30 San Cristóbal Estado Táchira, para lo cual se ordena oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esa ciudad a los efectos de designar un Delegado de Prueba para la supervisión del caso, quien deberá informar a este Despacho cada seis (06) meses de la evolución de la Enfermedad que presenta el penado y consignar el respectivo Informe Medico; todo de conformidad con el artículo 503 del Código Orgánico Proces.....