DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES, en favor del penado JOSÉ LUIS AMAYA DUARTE, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.864.615, de profesión u oficio Electricista, residenciado en el Barrio El Manzanillo, calle 14, casa N° 25ª-186, entrando por el Deposito El Manzanillo, Municipio San Francisco Estado Zulia, de conformidad con los establecido en el articulo 105 del Código Penal, toda vez que el cumplimiento de las obligaciones impuestas al referido penado, equivale al cumplimiento de la condena, lo cual produce como consecuencia jurídica la Extinción de la Responsabilidad Criminal.