Razón por la cual cumplirá la pena principal el día nueve de diciembre de dos mil siete, (09/12/2007); igualmente se evidencia que cumplió una cuarta (1/4), una tercera (1/3), las dos terceras partes (2/3) y tres cuartas partes (3/4) de la pena impuesta; y que la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad, por una quinta parte (1/ 5) de la pena impuesta, una vez que esta termine, la cumplirá en fecha 09-06-2008 .